Profeco advierte sobre derechos de los consumidores ante cancelaciones o reprogramaciones de conciertos
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha emitido una advertencia a los usuarios sobre sus derechos en caso de cancelaciones o reprogramaciones de conciertos y eventos. En su más reciente publicación en la Revista del Consumidor, la Profeco recordó que la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) protege a los consumidores, permitiéndoles solicitar un reembolso cuando no se cumplen las condiciones acordadas, como la presentación de los artistas anunciados.
De acuerdo con el artículo 7 de la LFPC, los proveedores están obligados a respetar las condiciones establecidas, incluyendo precios, fechas y modalidades de los eventos. Los consumidores tienen derecho a solicitar un reembolso completo, incluyendo los cargos por servicio, en situaciones donde los artistas no se presentan, salvo casos de fuerza mayor como enfermedades o accidentes. Además, si un consumidor asiste a un evento y se incumple con la presentación de algún artista, el proveedor debe ofrecer una compensación de al menos el 20% del precio pagado.
En caso de que las empresas no reembolsen el valor de las entradas dentro del período establecido, la Profeco insta a los consumidores a presentar una queja. También se han iniciado acciones colectivas contra empresas boleteras que han fallado en devolver el dinero por cancelaciones.